Intermediarios Financieros

 


Inscritos en el Registro de intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas del Banco de España con fecha de alta el 22 de Abril del 2020, en cumplimiento de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI).

Dentro de las actividades reguladas por la presente ley, se nos permite:

  1. Poner en contacto, directa o indirectamente, a personas físicas con prestamistas y presentar u ofrecer a los prestatarios los contratos de préstamo a que se refiere el artículo 2.1, letras a) y b) de la Ley 5/2019 (actividad del art. 4.5 letra a) de la Ley 5/2019).
  2. Poner en contacto, directa o indirectamente, a personas físicas con prestamistas y asistir a los prestatarios realizando los trámites previos u otra gestión precontractual respecto de los contratos de préstamo a que se refiere el artículo 2.1, letras a) y b) de la Ley 5/2019 (actividad del art. 4.5 letra b) de la Ley 5/2019).
  3. Poner en contacto, directa o indirectamente, a personas físicas con prestamistas y celebrar los contratos de préstamo a que se refiere el artículo 2.1, letras a) y b) de la Ley 5/2019 con un prestatario en nombre del prestamista (actividad del art. 4.5 letra c) de la Ley 5/2019).
  4. Servicios de asesoramiento (actividad del art. 4.20 de la Ley 5/2019).

El Banco de España ha puesto a disposición de los consumidores y usuarios un servicio de información y consulta sobre el Registro de intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas, que facilitamos en el siguiente enlace: https://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/registro-de-intermediarios/registro-de-intermediarios-de-credito-inmobiliario-y-prestamistas-inmobiliarios.html